Es cierto, existe gran polémica entre peritos
oficiales y de parte, incluso entre jueces, con respecto al perito idóneo en
los casos de responsabilidad profesional sanitaria. Sin embargo, es menester
recalcar que a nivel internacional se reconoce la
crucial importancia de los conocimientos medico legales para la realización de
informes/dictámenes periciales en casos de presunta responsabilidad profesional
sanitaria. Se ha demostrado que no es suficiente tener un conocimiento amplio y
especializado del tema a peritar, sino que un buen perito debe tener, además de
algunas habilidades naturales, una sólida formación básica médica, teórica y
práctica, así como conocimientos jurídicos que le permitan captar exactamente
el sentido de las misiones que le sean confiadas y, sobre todo, el alcance de
las conclusiones que aporte en sus informes[1],[2]. La disyuntiva de si
debe ser un especialista par o un médico con formación específica y con
competencias periciales demostradas, ya se está aclarando y por ende se
vislumbra una clara lex artis ad hoc.
En
concordancia con lo señalado en el párrafo anterior, la Academia Europea de
Medicina Legal, ha conformado un grupo de trabajo a fin de uniformizar los
procedimientos dirigidos a la evaluación de los casos de presunta
responsabilidad profesional médica. Las conclusiones fueron publicadas en el año
2013, bajo un texto en el que se realiza un análisis del estado del arte de
dichas evaluaciones en varios países europeos, incluidos Reino Unido, Alemania,
España, Italia, Francia, Portugal, entre otros, así como también se adjunta el
documento de consenso denominado “Guía: Métodos médico-legales para la determinación y
Criterios de Evaluación de Responsabilidad Médica”; documento en el que se recogen las
recomendaciones de buena práctica y que propone una serie de 18 pasos
consecutivos para realizar el estudio de responsabilidad médico legal, y el
primer paso, se refiere justamente, a la determinación del perito ideal para
realizar el estudio y evaluación de la presunta responsabilidad médica, al
respecto refieren:[3]
Definición
de experto y experticia esencial:
El documento refiere que el
perito/experto oficial o de parte, en el ámbito judicial o extrajudicial, que
emite conclusiones en un caso de responsabilidad médica, debe tener como mínimo
las siguientes competencias y experiencia:
- Es
recomendable que el experto sea Especialista en Medicina Legal o Patología
Forense, o que el experto haya completado un entrenamiento de postgrado
en Medicina Legal preferiblemente de nivel universitario y que sea
reconocido como experto médico legal por la autoridad competente en el
País donde habitualmente ejerce la especialidad.
- El
experto debe demostrar entrenamiento adecuado (de preferencia de nivel
universitario) en las siguientes áreas:
- Conocimientos de la ley penal, civil y administrativa, con particular referencia a aquellas que regulan el campo de la salud.
- Experiencia teórica y práctica de la semiótica médico legal y de la evaluación de la validez de evaluaciones psicofísicas en las áreas del derecho civil y seguros públicos/privados.
- En el caso de evaluación de cadáveres, conocimientos teóricos y prácticos de patología forense, con prácticas de primera mano y en profundidad por varios años, así como experticia en autopsias forenses.
- Nociones teóricas y experiencia práctica sobre el tema de la valoración del nexo de causalidad, con especial referencia a la demostración de la relación causal entre un error médico y el daño ocasionado, subsumiendo los fenómenos observados bajo las leyes científicas.
[1]Villanueva Cañadas E, Gisbert Calabuig JA, editores. MedicinaLegal
y Toxicología. 6.aed. Barcelona: Masson; 2006.
[2]Amadeo Pujol-Robinat, Carles Martin-Fumadó, Dolors Giménez-Pérez. Criterios medicolegales en la valoración de la responsabilidad
profesional médica. Rev Esp Med Legal. 2013;39(4):135-141.
[3] Davide Ferrara Santo. Malpractice
and Medical Liability European State of the Art and Guidelines. Springer. 2013.